lunes, 9 de agosto de 2010

“EN EL ISABU NO HACEMOS NADA POR FUERA DE LA LEY”


Lunes 09 de Agosto de Julio de 2010

Afirmó Juan José Rey, su gerente
El funcionario le salió al paso a las denuncias que en su contra hizo el concejal Celestino Mojica, sobre posible fraccionamiento de contratos en la entidad.
Por: Juvenal Bolívar Vega
Editor político/ EL FRENTE

Al gerente de la ESE Isabú, Juan José Rey Serrano, no le causó gracia las denuncias hechas hace una semana por el Concejal del Partido de Integración Nacional (PIN), Celestino Mojica Peña, quien había expresado en plenaria del Concejo de Bucaramanga, posibles malos manejos en la contratación. El corporado presentó algunos ejemplos, lo que a su parecer fueron contratos fraccionados, que buscaban evitar ser licitados, para ser entregados a dedo.
El funcionario respondió algunas de las inquietudes denunciadas por el corporado y precisó que el concejal, además de emitir acusaciones calumniosas, injuriosas y temerarias contra su gestión, violó el artículo 38 de la Ley 136 de 1994 que aplica para efectos de ejercer el control político, ya que la citación que se le hizo para asistir a la sesión se le envió un cuestionario completamente diferente a los asuntos que trató el cabildante.
EL FRENTE: ¿Con base en el acta de liquidación del contrato 53, aceptó usted que se contrataron suministros de medicamentos por valor $57.411.160 sin contar con Certificado de Disponibilidad Presupuestal ni Registro Presupuestal?
JJR:“No es cierto que se realizó un contrato escrito o verbal respecto de los $57 millones, esta suma se ve reflejada en el acta de liquidación de dicho contrato y obedece a un mayor valor ejecutado por el contratista por concepto de suministro de medicamentos, servicios de los que existe evidencia de su prestación y que fueron incluidos en la liquidación como debe ser, debido a que es en esta etapa de la contratación en que las partes acuerdan ajustes, revisiones y demás reconocimientos a que haya lugar conforme lo dispone el manual de contratación de la ESE Isabú. (…) Incluso debo anotar que el proponente ganador ofreció unas condiciones económicas que representó un ahorro para la empresa ante la posibilidad de contratar este servicio al 5.276% de la UPC cuando en años anteriores se venia contratando al 6% y 7%”.

EL FRENTE: Según el acta de liquidación de ese contrato, usted acepta que el valor inicial fue de $998 millones 479 mil y el valor total ejecutado fue de mil 555 millones 129 mil 660 pesos, ¿eso no viola el manual de contratación de la ESE Isabú?
JJR:“Efectivamente nuestro manual de contratación permite adicionar en valor solo hasta el 50% los contratos que celebre la entidad. El contrato 53 de 2008, cuyo valor inicial fue de $998.479.000 fue adicionado en $499.239.500, es decir, en el 50%. Diferente es la situación que se presentó al momento de liquidar el contrato, que fue donde resultó un mayor valor por los $57.411.160. Adicionalmente quiero manifestar el por qué el valor del contrato inicial asciende a $998.479.000, esta suma de acuerdo a los estudios previos, cubriría las obligaciones del suministro de medicamentos a los afiliados a las EPSs que contratan dichos servicios con nosotros. El valor del contrato cubre los gastos financieros solo hasta el 30 de septiembre de 2008 debido a que es en esta fecha cuando vencen los contratos entre las aseguradoras y el Isabú, en este periodo se pueden dar nuevos escenarios producto de las negociaciones de las EPS con nuestra empresa que obligan a que las decisiones gerenciales en materia de contratación de servicios se ajusten a la dinámica de las contrataciones que existan entre las aseguradoras y la empresa (…)”.

EL FRENTE: En el acta de liquidación del contrato 53, certifica que había tenido un incremento de usuarios para el mes de noviembre de 2008, pero ¿por qué no certificó que también disminuyeron los usuarios en los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre y octubre, lo cual permite inferir que había un saldo a favor del Isabú?
JJR:“El mayor valor a favor del contratista por $57.411.160 obedece a una variación presentada durante el mes de noviembre que supera en 20 mil afiliados el comportamiento promedio del numero de afiliados de los meses anteriores, este aumento inusitado se explica por la dinámica que tiene la población del régimen subsidiado y vinculada en donde por efecto de jornadas de sisbenización, procesos de depuración de las bases de datos, jornadas de afiliación a la seguridad social, etc., el municipio cuenta con una mayor cobertura para atender los servicios de salud de la población pobre y vulnerable. A pesar de que si hacemos los cálculos del numero de afiliados mes a mes es cierto que para el mes de octubre contábamos con un saldo a favor de 25.731 usuarios y que este saldo podía compensar el mayor numero de afiliados reflejados en la base del mes de noviembre, debo aclarar que los recursos existentes para cubrir el suministro de medicamentos del mes de noviembre fue inferior al que se presupuestó para adelantar el proceso contractual. En el momento en que se adelanta la convocatoria pública el Isabú tomó como referente el valor de la UPC del año 2007, dado que desconocíamos el valor de la UPC vigente para el año 2008, el Consejo Nacional de Seguridad Social lo publicó solo hasta el día 19 de febrero de 2008, cuando ya habíamos iniciado el proceso de convocatoria. Sin embargo el Isabú en aras de respetar el equilibrio financiero del contrato en el parágrafo 3° de la cláusula primero, objeto, dispuso que la entidad reconocería al contratista el valor de la UPC vigente mientras durara la ejecución del contrato (…)”.

EL FRENTE: Según el acta de liquidación final del contrato 40 de 2009 para la gestión integral de residuos sólidos firmado por usted con Sandesol S.A., aceptó nuevamente que no hubo CDP ni RP por valor de $ 4.156.000, lo cuál pago sin la aprobación del comité de conciliación de la ESE Isabú?
JJR:Al liquidar el contrato 40 de 2009, la empresa Sandesol logró demostrar que había ejecutado efectivamente un servicio que superaba en $4.156.000 derivado del mayor número de kilaje de residuos hospitalarios recolectados, transportados, tratados y finalmente dispuestos, para el adecuado manejo de los residuos generados por la institución y contratados a dicha empresa, hecho que fue confirmado por la Interventoría del contrato. Esta circunstancia que superó el promedio que venia manejando el Isabú en los primeros semestres de años anteriores está relacionada precisamente con el incremento en la oferta de servicios, ampliación de horarios de atención, apertura de nuevos centros de salud, etc. Respecto de la no aprobación de este pago por parte del comité de conciliación se debe aclarar que dicho comité no era competente para el efecto”.

viernes, 6 de agosto de 2010

ISABU EN SU BARRIO PRESENTE!!!


Esta semana ISABU EN SU BARRIO, intervino con el programa de vacunación de tuberculosis y Rubeola, alos niños y niñas menores de 8 años de los colegios del barrio Morrorico, tales como la escuela anexa y la normal entre otras. De otro lado, el grupo médico ha visitado los barrios de puerto rico la Gloria y Gaitán en compañía de higienistas orales, quienes los apoyan en el recorrido diario.

Otros sitios intervenidos en esta jornada son las guarderías del barrio buenos aires: juguetones, chiquilladas, semillas del mañana, mis pequeños travieos, los bambinos, glotoncitos, tribilin mis primeras alegrias, los amorcitos, mis angelitos mi mundo mi pequeña infancia, guarderías de Miraflores: dumbo mis dulces sueños mis cariñositos, mis amiguitos, mis principitos, mis niños mi paraíso, los retoñitos, los enanitos, mi castillito, los cariñositos. Del barrio limoncito accedieron a: los limoncitos los morochitos, vereda San José y mis primeras lagrimas.


Felicitaciones a este grupo comprometido del ISABU.